Cuánto dura la protección

Según la Comunidad de Madrid, el plazo de protección se cuenta desde la calificación definitiva de la vivienda.

  • 15 años para la venta, el uso propio o el arrendamiento.
  • 10 años para el arrendamiento con opción de compra.

Obligaciones de quien la ocupa

  • Destinarla a domicilio habitual y permanente.
  • No dejarla desocupada más de tres meses seguidos al año, salvo autorización.
  • Ocuparla en el plazo máximo de un año desde su entrega.
  • Pedir autorización previa a la Consejería para hacer obras o reformas.

Precio de venta y renta

Mientras dura la protección, el precio de venta no puede superar el máximo legal que fija una orden de la Consejería competente, y la renta de alquiler no puede superar el máximo anual del Reglamento de Viviendas con Protección Pública. Por eso no se puede vender una vivienda protegida al precio de mercado durante ese plazo.

Si la promoción no se construye

Si el promotor no inicia o no termina la construcción, las cantidades entregadas a cuenta se pueden recuperar ejecutando el aval que el promotor debe contratar.

Descalificar la vivienda

La Comunidad de Madrid tiene un procedimiento para solicitar la descalificación de una vivienda protegida. Las condiciones dependen de cada caso: consúltalas en la web oficial antes de decidir.

Fuentes oficiales

Última revisión: 18/10/2026. Esta guía es informativa y no sustituye a la convocatoria oficial: ante cualquier duda, la fuente oficial es la que vale.

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