Tipos de vivienda protegida en Madrid: VPPB, VPPL, VPO y VPP
Las siglas confunden, pero hoy en la Comunidad de Madrid se califican dos tipos de vivienda protegida de venta: VPPB y VPPL.
Los dos tipos que se califican hoy
Según la Comunidad de Madrid, la normativa vigente solo califica dos tipos de vivienda con protección pública para venta o uso propio: las de precio básico (VPPB) y las de precio limitado (VPPL).
- VPPB (vivienda con protección pública de precio básico): con carácter general, hasta 110 m² construidos.
- VPPL (vivienda con protección pública de precio limitado): hasta 150 m² construidos.
VPO y VPP: regímenes anteriores
Las siglas VPO (vivienda de protección oficial) y VPP (vivienda con protección pública) corresponden a regímenes anteriores, calificados al amparo de los decretos 11/2005 y 74/2009. Siguen existiendo viviendas con esas calificaciones, y se pueden vender o alquilar con las condiciones de su régimen.
Qué cambia entre un tipo y otro
En cada promoción, la convocatoria indica la calificación concreta de sus viviendas. En las fichas de esta web aparece el tipo de protección cuando la fuente lo publica.
- El precio máximo de venta por metro cuadrado (el de la VPPL es mayor que el de la VPPB).
- El límite de ingresos de la unidad familiar para poder acceder.
- La superficie máxima construida.
Alquiler
Las viviendas protegidas también se pueden alquilar. En general, la renta anual máxima inicial es el 5,5 % del precio máximo de venta vigente en la fecha del contrato. Programas como el Plan Vive tienen sus propias condiciones.
Fuentes oficiales
- Comunidad de Madrid: vivienda protegida de nueva construcción
- Comunidad de Madrid: aspectos técnicos de la calificación de viviendas protegidas
Última revisión: 18/10/2026. Esta guía es informativa y no sustituye a la convocatoria oficial: ante cualquier duda, la fuente oficial es la que vale.